Juez Estrella Martínez en el curso de Teoría del Derecho


Una parte importante e indispensable de la Teoría General del Derecho es el acercamiento a la diversidad de las teorías críticas. Las teorías críticas del derecho, conocidas también gracias a los grupos denominados en Estados Unidos como Critical Legal Theorists (Crits) intentan poner el discusión la relación del Derecho con el poder y dar cuenta de cómo otras corrientes como las formalistas, en ocasiones pasan por alto aspectos medulares que derrotan el propósito y fin del Derecho. En esencia, aunque hay una gran diversidad de acercamientos críticos, estas corrientes ponen en cuestionamiento dos asuntos principales: la idea de que el derecho es autónomo de la sociedad donde opera y la premisa de la objetividad que da pie a la aplicación automática de la ley y a suponer que existe una igualdad formal. De ahí han surgido varios cuestionamientos, sobre todo al formalismo jurídico y a esa premisa de la igualdad formal como un punto de partida insuficiente y erróneo. Los emplazamientos que al sistema legal hacen los acercamientos críticos ponen en el centro de la discusión cómo la operación del sistema legal perpetúa el privilegio, la acumulación de poder económico, las disparidades de género y raciales, perpetúan la falta de acceso a la justicia y las condiciones de pobreza. Estos acercamientos también van en busca de otros modelos, diseños institucionales y formas de adjudicación que tomen en cuenta estas disparidades y que generen mejores condiciones desde el derecho para los grupos en desventaja.

Hoy en el curso de Teoría del Derecho dimos comienzo a la discusión concreta y material de los planteamientos de estas teorías y a cómo se pueden ver concretamente en la práctica. Gracias a la organización y coordinación de un grupo de estudiantes contamos con la visita del Juez Asociado Luis Estrella Martínez, quien además del juez del Tribunal Supremo es autor del libro Acceso a la justicia: Derecho humano fundamental (2017). El Juez Estrella es también conocido por emitir opiniones en las que el derecho y la interpretación de las normas toma en cuenta la realidad social de aquellos que, aunque la ley -por ficción jurídica- les reconoce como iguales, están seriamente desaventajados y no pueden acceder a remedios ni a los tribunales como el resto. Así, ha emitido opiniones de conformidad y disidentes en casos importantes sobre el derecho a la vivienda pública, le debido proceso de ley y el acceso a los tribunales para personas privadas de libertad y más recientemente el caso de personas declaradas mentalmente incapaces y privadas de libertad. Para muestra, valga citar parte de su opinión disidente recientemente emitida en el caso Pueblo de Puerto Rico v. Moreu, 2019 TSPR 23:

No puedo permanecer silente y validar el peligroso patrón de que las personas declaradas incapaces mentalmente para ser enjuiciadas sean privadas de su libertad indefinidamente. Esto, bajo el pretexto de que, mientras las únicas dos instituciones públicas de salud mental no puedan admitirlas, el Estado no tiene remedio alguno más que encarcelarlas por términos tan extensos como de 688 días. De esta manera, protecciones constitucionales de alta jerarquía, como el derecho a la libertad, la presunción de inocencia, el derecho a la salud y el debido proceso de ley, se desvanecen frente a esta práctica. Asimismo, se deja desprovista de remedio alguno a una población tan vulnerable como lo son las CC-2018-0945 2 personas con enfermedades mentales, a las que ni siquiera se les ha adjudicado la comisión de un delito. Ante una práctica tan atroz que evidentemente lesiona derechos constitucionales y humanos fundamentales, hubiese expedido el recurso ante nuestra consideración. El sentido más básico de la justicia así lo exige.”

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El Juez compartió sus perspectivas en clase sobre diversos temas que abordaron desde cómo ver el Derecho y para qué fin o fines, hasta cómo lograr que en las clases de Derecho se rete a pensar en estos temas.  A partir de una serie de preguntas elaboradas por los estudiantes a cargo del tema, Bridget Ramos, Carlos Falcón, David Colón, Jinamary Kuilan, Paola Rodríguez, Andrés Santiago y José Díaz, fuimos abordando directa e indirectamente algunos de los temas fundamentales de la teoría crítica del derecho. Algunas de las preguntas que dieron paso a la discusión con el Juez fueron: ¿Cómo el estado de derecho vigente promueve la acumulación de poder (no solo político, sino también económico, de género etc)? ¿Cómo se puede perpetuar la acumulación de poder en las instituciones educativas de Derecho? ¿Cómo la falta de acceso a una buena representación legal se puede ver vinculada a la acumulación de poder en ciertos sectores?  ¿Cómo afecta esto desde la perspectiva de género? ¿Se pudiera decir que la acumulación de poder está arraigada a corrientes como el formalismo?

También, el Juez Estrella Martínez refirió a la importancia del fortalecimiento de la educación primaria y la integración en las escuelas públicas del país de cursos sobre los derechos, civismo y ciudadanía para diversificar la profesión legal y los acercamientos jurídicos.  Asimismo, a partir de las preguntas del resto de los estudiantes conversamos sobre el diseño institucional para el nombramiento de jueces y juezas y las metodologías en la enseñanza del derecho. Muchas de las perspectivas, experiencias e ideas del Juez sobre estos asuntos -por ejemplo, el acceso a la justicia para grupos comunitarios en los procesos administrativos y para la población confinada- puede verse al detalle en su libro.

Felicito a los estudiantes por esta iniciativa y una vez más agradecemos al Juez Estrella Martínez por tomar de su tiempo para compartir en nuestra clase sus reflexiones sobre el derecho, la educación jurídica, la teoría de adjudicación y el acceso a la justicia. Gracias también a su oficial jurídica Natalia Vila Palacios por su apoyo en la coordinación.

Estos temas deben discutirse más y cada vez más ampliamente y es un gran privilegio poder hacerlo, además, con las perspectivas y a partir de la práctica de un Juez del Tribunal Supremo.

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